martes, 24 de abril de 2012

El Referéndum en Alemania




¿Qué es un Referéndum?

El referéndum es considerado como el principal instrumento de democracia directa, puesto que mediante tal institución el pueblo, o más exactamente el cuerpo electoral, participa, por vía consultiva o deliberativa en el proceso decisional. Es natural, por tanto, que el destino del referéndum haya estado estrechamente ligado a las vicisitudes de la democracia directa. [1]

Para llegar al acuerdo tiene que haber mayoría absoluta entre los votos.

En el caso de una elección, cuando un país expresa su voluntad respecto a un asunto o decisión, que sus representantes constitucionales o legales someten a su consulta.

También se conoce como u mecanismo de democracia directa y de acuerdo a sus resultados puede ser:

a)    Obligatorio o Vinculante. Es posible sólo en algunos países y sobre algunos temas.  ¿Por qué es obligatorio? Es obligatorio por que la pronunciación del pueblo es necesaria para la validez del acto.

b)    No Obligatorio o Consultivo. Puede dejar la interpretación del voto al poder legislativo



El Referéndum en Alemania

ideas principales de la lectura del Dr. Mauricio Reyna. [2]

ü  El referéndum constitucional también podría ser promovido en los casos de que no existieran acuerdos comunes en el Parlamento acerca de alguna ley, siendo entonces el referéndum el mecanismo adecuado para decidir sobre la misma materia.



ü  El referéndum concerniente a leyes era muy parecido al constitucional, y se daba en tres supuestos:



o   el primero, era cuando el Reichstag (Parlamento) no aceptaba una ley;

o   el segundo, llamado referéndum facultativo, cuando una tercera parte del Parlamento pedía suspender la publicación de una ley aprobada durante los dos primeros meses a su aprobación y

o   cuando una vigésima parte del Parlamento solicitaba someter referéndum la misma ley.





ü  En la tercera posibilidad del referéndum se otorgaba al presidente del Reich o Imperio una disposición aprobada por las cámaras, durante el mes siguiente de la aprobación parlamentaria según lo supuesto en su artículo 73 de la Constitución de Weimar.



ü  Una consideración que puede tener carácter general para el instrumento del referéndum es que para ser vinculante para el Parlamento, debía se votada con la participación y aprobación de la mayoría de los electores, consideración que resultó ser muy rígida para el uso y aplicación del mecanismo.





ü  En los casos en que no se alcanzara la probación de las dos terceras partes del Parlamento, el presidente nuevamente tenia la facultad de someter a referéndum la ley u optaría por rechazarla; por último, se daba el caso de que en adiciones o reformas constitucionales, el Parlamento no consensaba el proyecto o propuesta y era él mismo quien tenía la facultad de someter a referéndum el proyecto no aprobado.  El referéndum era utilizado con la finalidad e eliminar las controversias que regularmente se suscitaban para conseguir la aprobación de una ley y que en ningún caso se estaba ante una decisión empleada como iniciativa de la voluntad popular.



ü  Ha existido una tradición de 15 años en lo relacionado con el ejércicio del referéndum y la iniciativa popular que ha quedado regulada con rango constitucional en su artículo 29, a nivel regional.  En los casos de las limitaciones territoriales, el referéndum será obligatorio en los estados afectados, con acuerdo de la mayoría o de dos terceras partes de las Länder afectadas; además, se necesita la participación de 25% de todos los votantes de cada área afectada.





ü  Además, existe una ley federal que regula los procedimientos en los casos de poner a trabajar y ejercitar dichos mecanismos.



ü  Las consultas populares a nivel regional o local podrán tener diversas finalidades y temas, sin limitarse solamente a los casos o supuestos a los que refiere el artículo 29 de la Constitución alemana.





[1] Diccionario de Política. Bobbio, Norberto; Matteucci, Nicola y Pasquino, Gianfranco. Editorial Siglo Veintiuno. 7ª  Edicion. Pag 1347

[2] El Estado Democrático de Derecho en México y sus Mecanismos de Participación Ciudadana. Reyna Lara, Mauricio. Deitorial Porrúa.  Pags 268 -273

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