viernes, 5 de noviembre de 2010

Caso Jorge Castañeda

Ideas principales a discutir de  la lectura son:

1.- Antecedentes.
  • El C. Jorge Castañeda Gutman, intenta inscribir su candidatura a la Presidencia de México ante el Instituto Federal Electoral.
  • El IFE le contesta que no es posible realizar dicha candidatura fundamentada en dos aspectos:
    • Es necesario que exista un partido político que avale dicha candidatura a la Presidencia de la República.
    • Argumentan que dicha inscripción esta fuera de término.
  • El C. Jorge Castañeda Gutman, agota la instancia del amparo.
  • En el amparo el C. Jorge Castañeda Gutman comenta que le fueron violentadas sus garantías individuales al no permitirle el derecho que tiene como mexicano a votar y ser votado (garantía de equidad)
  • El amparo no procede, toda vez que en materia electoral dicha figura jurídica es inoperante.

2.- Corte Interamericana.
  • De la lectura se pueden desprender tres controversias o agravios que el C. Jorge Castañeda Gutman expone a la Corte Interamericana de los derechos humanos.
1.- Comenta que violan su derecho al no tener un recurso accesible y eficiente para impugnar la inconstitucionalidad de la norma u acto en materia electoral.
Violación de garantías individuales desde dos perspectivas
2.- Al derecho a ser candidato a la Presidencia de la República y la negación de la autoridad electoral manifestando su no registro por falta de un partido político que avale dicha candidatura.
3.-La Ley excesiva en su regulación en el ámbito federal. Ejemplificándolo  con la regulación estatal, en donde no existen tantos requisitos para lograr un registro independiente.

3.- Resolución de la Corte.
  • Respecto al punto 1 del numeral anterior, la Corte condena a México a reformar su legislación para tener un recurso para contravenir la norma constitucional, con la finalidad de que exista en el país un modelo jurídico accesible  y eficaz para reclamar la inconstitucionalidad de los actos.
  • Respecto al punto 2 del numeral anterior, la Corte comenta que no se violentaron sus derechos toda vez que la Ley prevé que para ser candidato a la Presidencia de la República es necesario ser propuesto por un partido político.
  • Respecto al punto 3 del numeral anterior, la Corte determina que no es excesiva  la regulación electoral en el ámbito federal, ya que son procesos similares pero diferenciados.

4.- Posición del autor
  • No coincide con la resolución de la Corte de acuerdo al punto 1 ya que si existe un método eficaz y accesible para  impugnar la norma – juicio de protección de los derechos políticos electorales –
  • Con respecto a los dos puntos restantes el autor tampoco concuerda con la resolución de la Corte, toda vez que, si no se violentan sus garantías individuales ¿por que da las resoluciones antes mencionadas?



5.- Conclusiones
  • A titulo personal considero que si bien el método aplicado por la Corte no es del todo eficiente, los agravios en contra del demandante en el caso especifico del recurso si  existen, dado que en el supuesto de que la legislación le permita registrarse de forma independiente y la autoridad se lo negara de cualquier forma no contaría con ningún recurso para impugnar la norma que le niega el registro.

Agosto 21,  2010.

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